Derechos y Deberes

Conozca sus derechos y deberes como paciente de Clínica Uros S.A.S.

“Clínica Uros S.A.S dentro de su valoración por el usuario y su familia, se esfuerza por brindar servicios de salud con calidez y compromiso, siendo una institución incluyente apoyada en los Derechos y Deberes de los pacientes bajo la Resolución 229 de 2020. Somos consecuentes con la DIVERSIDAD de etnias, género, orientación sexual, edad, discapacidad o condición social que pueda tener el usuario”

DERECHOS

Usted tiene derecho a:

  • Acceder a los servicios sin que le impongan trámites administrativos adicionales a los de ley.
  • Que le autoricen y presten los servicios incluidos en el Plan de Beneficios de manera oportuna, si requiere un servicio que no esté incluido, también lo puede recibir.
  • Que, en caso de urgencia, sea atendido de manera inmediata, sin que le exijan documentos o dinero.
  • Elegir libremente el asegurador, la IPS y el profesional de la salud que quiere que lo trate, dentro de la red disponible.
  • Tener protección especial cuando se padecen enfermedades catastróficas y de alto costo, sin el cobro de copagos.
  • Que solamente le exijan su documento de identidad para acceder a los servicios de salud (Repetido en ley).
  • Recibir un trato digno sin discriminación alguna.
  • Que usted o la persona que lo represente acepte o rechace cualquier tratamiento y que su opinión sea tenida en cuenta y respetada.
  • Recibir los servicios de salud en condiciones de higiene, seguridad y respeto a su intimidad.
  • Recibir por escrito las razones por las que se niega el servicio de salud.
  • Que atiendan con prioridad a los menores de 18 años.
  • Ser informado sobre los costos de su atención en salud.
  • Recibir o rechazar apoyo espiritual o moral.
  • Ser incluido en estudios de investigación científica, sólo si lo autoriza.
  • Recibir durante todo el proceso de la enfermedad, la mejor asistencia médica disponible.
  • Obtener información clara y oportuna de su estado de salud, de los servicios que vaya a recibir y de los riesgos del tratamiento.
  • Recibir servicios continuos, sin interrupción y de manera integral.
  • Recibir una segunda opinión médica si lo desea y a que su asegurador valore el concepto emitido por un profesional de la salud externo.
  • Que le informen dónde y cómo pueden presentar quejas o reclamos sobre la atención en salud prestada.
  • Que se mantenga estricta confidencialidad sobre su información clínica.

DEBERES

Usted como paciente tiene el deber de:

  • Propender por su autocuidado, el de su familia y el de su comunidad.
  • Cumplir de manera responsable con las recomendaciones de los profesionales de salud que lo atiendan.
  • Brindar la información requerida para la atención médica y contribuir con los gastos de acuerdo con su capacidad económica.
  • Cumplir las normas y actuar de buena fe frente al Sistema de Salud.
  • Actuar de manera solidaria ante las situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas.
  • Respetar al personal de salud y cuidar las instalaciones donde le presten dichos servicios.

Importante

Si Usted debe pagar un valor por la atención en salud que está recibiendo. Ese valor está determinado por el tipo de afiliación a la seguridad social que usted tiene y el servicio que recibe: Si usted es cotizante debe pagar una cuota moderadora. Si es beneficiario, debe hacer un copago.

Tenga en cuenta:

  • Presentar derechos de petición ante EPS, IPS, secretarías de salud. Cualquier solicitud debe ser respondida en los términos de ley (15 días hábiles).
  • Si no recibe la respuesta adecuada, acudir a la Superintendencia Nacional de Salud cuando le vulneren sus derechos en salud.
  • En caso de requerir orientación acuda a los organismos de vigilancia y control: Supersalud, personerías, Defensoría, Contraloría, Procuraduría, Fiscalía.
  • En caso de que una vida o la integridad física esté en peligro, exija que su petición sea atendida de inmediato.
  • Si usted pertenece a los niveles 1 y 2 del SISBÉN, comunidad indígena, población desplazada o rom, programa de protección a testigos o víctima del conflicto armado, tiene derecho a cambiar del régimen subsidiado al contributivo y viceversa dependiendo de su capacidad económica.
  • Usted tiene derecho a recibir atención médica en una ciudad diferente a la de su residencia temporalmente (de un mes hasta 12 meses) solicitándolo ante su EPS.

Pautas Generales:

  • Somos un espacio libre de humo, no se admite fumar en las instalaciones.
  • Es deber de todo usuario visitar y hacer uso racional de los recursos y dotación.
  • Cuide sus objetos personales; no nos hacemos responsables por pérdida.
  • El ingreso de menores de 12 años a áreas de hospitalización y cirugía no está permitido sin autorización médica.
  • En hospitalización, los artículos de la habitación están bajo su cuidado; daños se cobrarán al egreso.
  • Si no está afiliado a seguridad social, se generará cuenta como particular (pago total).
  • Por seguridad, maletines y paquetes serán revisados por vigilancia.
  • En emergencia, conserve la calma, quédese en el sitio y espere instrucciones. En humo, agáchese.
  • Si detecta situaciones anormales o agresiones, informe a atención al usuario.
  • Al recibir orden de salida, entregaremos fórmulas, incapacidad e historia clínica. Tiene una hora para entregar la habitación.
  • Designe a un familiar para recibir información médica y transmitirla al resto.
  • Por seguridad e intimidad, no damos información telefónica ni en redes sociales.